Autocaravanas, qué permite la ley y qué no



Viajar con la autocaravana es una forma de hacer turismo, pudiendo disfrutar de la naturaleza, de la familia y de muchas cosas con absoluta libertad.

Si quieres evitarte sustos y malentendidos, te dejamos unas anotaciones respecto a la legislación vigente sobre qué está permitido y qué no.

*Diferencia entre acampar y estacionar

Para evitar sanciones, debes tener claro la diferencia entre acampar y estacionar.

Si el vehículo está perfectamente estacionado, basta con cumplir las normas de tráfico, y podrá comer y dormir dentro de tu autocaravana sin ser multado , ya que su interior es de uso privado.

Se considera que la autocaravana está estacionada cuando:

*no ocupa más espacio que el que ocupa la autocaravana cerrada (podrás elevar el techo o abrir la claraboya siempre que no excedas el perímetro del vehículo)

*no produce ninguna emisión o fluido (salvo las propias de la combustión a través del tubo de escape)

*sólo está en contacto con la tierra a través de las ruedas (si estás aparcado en una pendiente pronunciada, los calzos están justificados)

Se considera que la autocaravana está acampada cuando:

*sacar mesas o sillas

*extender toldos, ventanas batientes o elementos que sobresalgan del perímetro de la autocaravana

*colocar patas estabilizadoras

*verter fluidos (aguas grises, negras, limpias)

Para cuando quieras acampar, deberás buscar lugares habilitados para tal efecto, como pueden ser los campings o las áreas especiales para autocaravanas.

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